mayo 29, 2023

Cambio de paradigma: ¿Ha suspendido Google las remociones de difamación?

El columnista Chris Silver Smith echa un vistazo a lo que podría ser un reciente cambio de política en la larga política informal de Google de otorgar solicitudes de expulsión por difamación ordenadas por el tribunal.

Un número de abogados de empresas de marketing como http://marketing-digital.com.ar/ que se especializan en casos de difamación / difamación en línea me han informado de que Google ha suspendido recientemente su política informal de retirar las URL de los resultados de búsqueda de los Estados Unidos que se especifican en las órdenes judiciales debidamente ejecutadas. Esto plantea un importante cambio de paradigma para muchas víctimas de ataques de reputación en línea.

Comenzando alrededor de agosto o septiembre de este año, varios abogados de todo Estados Unidos comenzaron a recibir denegaciones generales después de enviar solicitudes para eliminar contenido difamatorio de los resultados de búsqueda de Google.

Desde al menos 2009, Google ha tenido una política informal de aceptar muchas peticiones de eliminación cuando se acompaña de una orden judicial correctamente ejecutada especificando contenido difamatorio / difamatorio en URLs específicas. He visto personalmente varios casos en los que se han enviado cientos e incluso miles de URL con órdenes judiciales, y Google ha eliminado esas URL de los resultados de búsqueda.

Pero ahora se han detenido. No para cada sola petición, pero para un número suficiente que está claro que algo ha cambiado.Online Defamation

Antecedentes: Los motores de búsqueda son inmunes a las demandas de eliminación de difamación
Vale la pena señalar que los motores de búsqueda y varios otros tipos de sitios y servicios en línea se hicieron inmunes en los Estados Unidos de la responsabilidad por cosas como la difamación / calumnia por la Sección 230 de la Ley de Decencia de las Comunicaciones. Durante cientos de años de leyes establecidas, los editores (como libros y periódicos) podrían ser responsables del contenido publicado a través de ellos.

Con el advenimiento de la era de Internet, inicialmente no estaba claro cómo se categorizarían algunos tipos de sitios web -si fueran editores-, por lo que debían ser directamente responsables de contenido difamatorio, o simplemente distribuidores de contenido de otros, similares a bibliotecas y Librerías, y por lo tanto no debe ser considerada responsable de su contenido? Había preocupaciones de que la categorización de todos los tipos de sitios como editores potencialmente tendría un efecto deprimente en la innovación y el negocio en el Internet naciente.

Como dice el Proyecto de Ley de Medios Digitales, en 1996, el Congreso eligió aclarar cualquier ambigüedad y proporcionar simultáneamente protección para muchos tipos de sitios definiéndolos legalmente como no siendo editores:

Ningún proveedor o usuario de un servicio informático interactivo será tratado como el editor o hablante de ninguna información proporcionada por otro proveedor de contenido de información.
«Servicio informático interactivo» significa cualquier servicio de información, sistema o proveedor de software de acceso que proporcione o permita el acceso de la computadora por varios usuarios a un servidor de computadora.

La mayoría de las cortes han sostenido que con estas provisiones, el congreso concedió servicios interactivos de todos los tipos, incluyendo blogs, foros, y listservs, inmunidad de la responsabilidad civil delictiva siempre y cuando la información sea proporcionada por un tercero.

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